Dos obligaciones que no son la misma
Notificar un accidente consiste en comunicarlo, con el parte correspondiente, dentro de los plazos que marca la normativa. Esa parte ya la contamos en el artículo sobre cómo se notifica un accidente de trabajo.
Investigarlo es distinto: es el análisis interno de por qué ha pasado, para que la causa no siga ahí esperando al siguiente. La Ley 31/1995 obliga al empresario a investigar cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores, o cuando la vigilancia de la salud muestre indicios de que las medidas de prevención son insuficientes, precisamente para detectar las causas de esos hechos. Una empresa puede cumplir con la notificación a la perfección y, aun así, no haber investigado nada.
Qué tiene que determinar la investigación
No basta con describir lo que pasó. Una investigación que sirve para algo distingue entre:
- La causa inmediata. Lo que falló en el momento: una protección retirada, una postura forzada, una herramienta en mal estado.
- La causa de fondo. Por qué estaba así: falta de formación para esa tarea concreta, un procedimiento que no se seguía, un plazo que presionó para saltarse un paso, un equipo de protección que no se entregó a tiempo.
Quedarse solo en la causa inmediata es lo que lleva a que el mismo accidente, con otro protagonista, vuelva a pasar un año después.
Y los incidentes sin daño, ¿también?
Aquí conviene ser preciso. La obligación legal de investigar, tal y como está formulada, se centra en los casos en que ya se ha producido un daño a la salud o en los indicios que salen de la vigilancia de la salud. Un incidente sin lesión (lo que se suele llamar un «casi accidente») no tiene esa misma obligación expresa.
Dicho esto, investigar también los incidentes sin daño es la forma más barata de prevención que existe: la causa que casi provoca una lesión hoy es la misma que, sin corregirla, puede provocarla de verdad la próxima vez. Muchas empresas que llevan bien su prevención los tratan igual que un accidente a efectos de análisis, aunque no haya parte médico de por medio.
Quién la hace
La investigación la lleva quien gestiona la prevención de la empresa, con medios propios o a través del servicio de prevención ajeno contratado. Cuando hay delegados de prevención, la ley les reconoce el derecho a ser informados de los daños producidos en la salud de los trabajadores y a presentarse en el lugar de los hechos para conocer sus circunstancias: no es un asunto que se quede en un cajón de la dirección.
Qué se hace con el resultado
Lo importante no es el documento, es lo que sale de él. Si la investigación señala que faltaba formación para esa tarea, hay que darla. Si señala que un procedimiento no se seguía, hay que revisar por qué no se seguía, no solo recordarlo por escrito. Y si la causa afecta a cómo estaba planteado el riesgo en la evaluación, esa evaluación hay que actualizarla: investigar un accidente y no tocar la evaluación de riesgos que falló es dejar la puerta abierta para que se repita.
Lo que no hay que hacer
Buscar a quién culpar no es investigar. Una investigación centrada en señalar al trabajador que tuvo el accidente, en vez de a las condiciones que lo rodeaban, no cambia nada de cara al futuro y encima desanima a que el resto avise de situaciones de riesgo antes de que pasen a mayores.
Fuente: artículos 16.3 y 36.2 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.
Cómo lo hacemos
Dentro del servicio de prevención a empresas nos encargamos de la investigación de accidentes e incidentes, y de actualizar la evaluación de riesgos cuando el resultado lo exige. Si en tu empresa ha habido un accidente y no se ha hecho una investigación formal, es el momento de abrirla, aunque haya pasado ya algún tiempo.
