Saltar al contenido
91 617 04 23630 29 25 16691 10 10 10info@prevencionmadrid.es

El recargo de prestaciones si un accidente viene de no prevenir

Hay una consecuencia de no prevenir que muchas pymes no conocen hasta que les toca: un recargo económico que paga la empresa de su bolsillo, sin que ningún seguro lo cubra. Se llama recargo de prestaciones.

Prevención de riesgos laborales · · Prevención Siglo 21

Qué es exactamente

Cuando un trabajador tiene un accidente laboral o sufre una enfermedad profesional, la Seguridad Social le reconoce unas prestaciones: la baja, una incapacidad, en los casos más graves una pensión. Si se demuestra que ese accidente ocurrió por falta de medidas de seguridad e higiene exigibles a la empresa, la ley permite recargar esas prestaciones entre un 30 y un 50 por ciento, a cargo directo del empresario responsable.

La cifra se calcula sobre las prestaciones, no sobre un importe fijo, así que en una incapacidad permanente o en una pensión por fallecimiento puede suponer una cantidad considerable y prolongada en el tiempo.

Por qué no lo cubre ningún seguro

Esto es lo que más sorprende cuando se explica por primera vez. El recargo de prestaciones tiene un componente sancionador: busca que sea el empresario incumplidor quien lo pague, no un tercero. Por eso la ley prohíbe expresamente que se asegure. Ni la mutua, ni una póliza de responsabilidad civil, ni ningún otro seguro puede hacerse cargo de este importe: lo paga la empresa, de su patrimonio, sin posibilidad de trasladarlo.

Es distinto de la sanción administrativa que puede imponer la Inspección de Trabajo por la misma infracción. Pueden coincidir las dos: la multa por el incumplimiento y, además, el recargo sobre las prestaciones del trabajador accidentado.

Qué tiene que demostrarse para que se aplique

No basta con que haya habido un accidente. Tiene que probarse una relación entre el incumplimiento de una norma de prevención y el daño sufrido: que existía una obligación concreta de seguridad, que no se cumplió, y que ese incumplimiento influyó en que el accidente ocurriera o en su gravedad.

Un ejemplo típico en obra: un trabajador cae desde un andamio sin barandilla en un punto donde la normativa exige protección colectiva. Si se acredita que faltaba esa protección y que de haber estado no habría caído, ahí está la base del recargo. En un entorno de oficina puede darse por una máquina sin resguardo que causa un atrapamiento, o por no haber formado a alguien en el manejo de un equipo que acaba provocándole una lesión.

La defensa está en lo que se puede demostrar

Lo que protege a una empresa frente a un recargo de prestaciones no es tener suerte, es tener los papeles en orden y, sobre todo, haberlos aplicado de verdad: evaluación de riesgos actualizada para ese puesto concreto, formación entregada y firmada por el trabajador antes de ponerse a trabajar, entrega de los equipos de protección con su justificante, y revisiones periódicas de los equipos de trabajo.

Cuando se investiga un accidente, lo primero que se revisa es si existía esa documentación y si el trabajador la había recibido de verdad, no solo si estaba archivada. Una evaluación de riesgos hecha a medida de cada puesto, y no un documento genérico, es la diferencia entre poder demostrar que se cumplió y no poder hacerlo.

Cómo lo organizamos

La mejor forma de no llegar nunca a esta situación es tener la prevención de la empresa gestionada por alguien que la revise de verdad y la mantenga al día, no solo el día que se firma el contrato. Es exactamente lo que hacemos desde nuestro servicio de prevención: evaluamos cada puesto, dejamos constancia de la formación entregada y revisamos lo que haga falta antes de que un accidente obligue a hacerlo con prisa. Puedes ver cómo trabajamos en la página de servicio de prevención para empresas.

Fuente: artículo 164 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015).

Más artículos

Los diez servicios de Prevención Madrid: prevención a empresas y autónomos, cursos presenciales y online, Tarjeta Profesional de la Construcción, planes de evacuación, reconocimientos médicos, calidad y medioambiente, ergonomía, seguridad industrial y REA

Pide información o presupuesto

Dinos qué necesitas y te contestamos el mismo día laborable, sin compromiso.