Reconocimientos médicos
Vigilancia de la salud en nuestro propio centro médico de Móstoles, con protocolos según los riesgos de cada puesto. No subcontratamos los reconocimientos: los hacemos nosotros.

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Dinos qué necesitas y te contestamos el mismo día laborable, sin compromiso.
Para quién es
Empresas que tienen que ofrecer la vigilancia de la salud a su plantilla, y trabajadores a los que se la exigen para entrar a obra.
Qué incluye
- Reconocimiento médico laboral con protocolo según el puesto.
- Analítica y pruebas complementarias cuando el protocolo las pide.
- Certificado de aptitud para el puesto, que es lo que te piden en obra.
- Informe de resultados para el trabajador, confidencial.
- Memoria de vigilancia de la salud para la empresa, sin datos clínicos.
Cómo lo hacemos
- Miramos los riesgos de cada puesto y elegimos el protocolo que le toca.
- Citamos a los trabajadores en nuestro centro de Móstoles.
- Entregamos al trabajador su informe y a la empresa solo la aptitud.
Qué dice la norma
El artículo 22 de la Ley 31/1995 obliga a la empresa a ofrecer la vigilancia de la salud, y establece algo que se olvida a menudo: los resultados clínicos son confidenciales y la empresa solo puede conocer si el trabajador es apto o no para el puesto.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio para el trabajador?
Por regla general es voluntario para el trabajador y obligatorio ofrecerlo para la empresa. Hay excepciones tasadas, como cuando lo exige una norma concreta del sector o es imprescindible para evaluar el riesgo.
¿Puede la empresa ver mi analítica?
No. La empresa solo recibe la aptitud. El resto es información clínica y está protegida por la ley.